Procesar y transmitir las comunicaciones, directivas e instrucciones del Gobernador;
Proporcionar al Gobernador toda la información que se le requiera sobre la Administración Pública y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las acciones, metas y objetivos de Gobierno;
Recepcionar, procesar y considerar con el Gobernador la correspondencia oficial del Poder Ejecutivo y distribuir su respuesta;
Orientar el régimen de audiencias del Gobernador y programar su agenda;
Controlar las actividades administrativas de la Gobernación;
Controlar y orientar, el trámite de los expedientes que se inicien por intermedio de la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, y supervisar su organización y funcionamiento;
Ejercer la supervisión directa de Casa de Gobierno y todo otro asiento permanente o transitorio del Poder Ejecutivo, como así también, sobre las actividades de Intendencia de la sede del Gobierno y su Mayordomía y de la Residencia del Gobernador;
Planificar y programar en forma excluyente la infraestructura vinculada a sus reparticiones;
Fiscalizar y auditar el registro de bienes inmuebles y muebles registrables del Estado Provincial y el inventario general de bienes muebles no registrables;
Dictar todas las resoluciones, directivas e instrucciones conducentes a controlar y garantizar, que la forma y ejecución de los planes, programas, proyectos y obras de gobierno se lleven a cabo con la debida eficiencia y eficacia y conforme las previsiones y estimaciones previstas en su formulación;
Poner en conocimiento del Gobernador los actos que hubiesen acarreado o que puedan acarrear significativos perjuicios para el patrimonio del Estado;
Mantener las comunicaciones entre las autoridades de los Poderes del Estado del orden nacional, provincial y municipal;
Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Provincial los pedidos de informes y/o explicaciones formulados por el Poder Legislativo vinculados con las funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Provincial;
Proponer estrategias y acciones para el cumplimiento de los planes de gobierno;
Autoridad de Aplicación de la Ley N° V-1024-2020 “Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis”;
Entender en la organización, capacitación, formación y seguimiento de los programas de jóvenes becarios existentes y/o los que en el futuro se implementen;
Diseñar y ejecutar políticas tendientes a dinamizar la relación entre el Gobierno Provincial y las organizaciones no gubernamentales y los jóvenes emprendedores.