San Luis La Provincia

Competencias Generales

Ministerio de Gobierno

  1. Perfeccionar las características socio-políticas de la Provincia para que concuerden y se integren armónicamente con la Nación, a través de la orientación, atención, perfeccionamiento, actualización y cuidado del orden jurídico e institucional;
  2. Asegurar el efectivo respeto de los derechos y garantías políticas, económicas y sociales de los ciudadanos;
  3. Asegurar el debido respeto y ejercicio de la libertad de pensamiento, religiosa y de culto;
  4. Propiciar la efectiva participación de las Organizaciones no Gubernamentales en las políticas de gobierno;
  5. Promover el mantenimiento del orden público y el ejercicio pleno de los principios, derechos y garantías constitucionales;
  6. Sostener las relaciones con el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura e instituciones públicas en general;
  7. Propiciar las relaciones con las asociaciones profesionales, obreras y en particular en la Administración Pública Provincial;
  8. Proteger, advertir y asesorar al consumidor en la realización de transacciones comerciales o al hacer uso de algún servicio público o privado;
  9. Difundir el contenido e interpretación de la Ley de Defensa del Consumidor y DNU-2019-274-APN-PTE - Disposiciones;
  10. Ser la Autoridad de Aplicación en materia laboral, implementando y desarrollando acciones preventivas y de vigilancia en materia de trabajo decente y pleno empleo;
  11. Organizar, controlar y gestionar regímenes legales de los derechos reales, de personas jurídicas y de los actos jurídicos de carácter público;
  12. Aplicar regímenes legales vigentes sobre el Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Nación y de la Provincia;
  13. Incorporar los datos de los registros públicos, en cuanto no afecten la privacidad de las personas; a los canales y mecanismos de información pública de la Provincia, propendiendo a la transparencia y publicidad real de los mismos;
  14. Entender en las relaciones con las entidades públicas y/o privadas de bien público, los partidos políticos y demás entes y reparticiones del Gobierno Provincial y de otras jurisdicciones, como así también en las relaciones con los países extranjeros, la Nación, las demás Provincias y los Municipios;
  15. Propender al desarrollo, modernización e integración de los Municipios.

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