AUTORIZACION DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
Asamblea Extraordinaria. Documentación preasamblearia:
Las asociaciones civiles deben solicitar autorización a la Dirección
la celebración de sus asambleas ordinarias con quince (15) días
hábiles administrativos de anticipación, presentando la siguiente
documentación en cuanto resulte aplicable:
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Nota de presentación firmada por el Presidente solicitando
autorización para la celebración de asamblea comunicando el día,
hora, lugar y orden del día de la misma, constituyendo domicilio
legal y electrónico a los efectos del trámite y especificando la
documentación que se adjunta.NOTA SOLICITUD ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
-
Copia del acta de reunión de la Comisión Directiva, labrada en el
libro respectivo, donde surja la convocatoria a la asamblea,
debiendo consignarse: el día, hora, lugar y orden del día de la
misma, firmada por la mayoría de la Comisión Directiva, y su copia
mecanografiada.MODELO ACTA DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA
-
Copia del libro de registro de asociados actualizado a la fecha de
la asamblea, conforme con el Artículo 27.
-
Listado de socios en condiciones de participar con derecho a voto el
día de la asamblea firmado por Presidente y Secretario, indicando
número de orden correspondiente al libro de registro de asociados de
la entidad.SOCIOS EN CONDICIONES DE PARTICIPAR
-
Página completa del Boletín Oficial y Judicial de la provincia de
San Luis en donde se acredite la publicación de la convocatoria.
Para el caso de que la entidad registre la cantidad de cincuenta
(50) socios o menos se podrá optar por realizar la notificación
personal a cada socio.
-
Las cooperadoras deberán presentar: 1) La notificación podrá
realizarse a opción de la entidad por los medios descriptos o por
cuaderno de comunicaciones, acompañando 5 copias firmada por los
tutores.
-
En caso de tratarse de asamblea extraordinaria en la que se ponga a
consideración de los asociados reforma estatutaria, deberá
acompañarse proyecto de las reformas respectivas, indicándose en el
orden del día a tratar los artículos a reformar, o bien, de tratarse
de reforma integral, detallarlo en dicho sentido.
Actas de asamblea: Las actas de asambleas deben
contener en forma clara y expresa como mínimo los siguientes datos:
- Número de acta, clase de asamblea y nombre de la entidad.
- Lugar de reunión.
-
Fecha de la asamblea, hora de la convocatoria y hora en que se
inicia.
- Indicación del número total de asociados asistentes.
-
Indicación de la cantidad de integrantes de la Comisión Directiva y
Revisores de Cuentas presentes.
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Nombre del Presidente de la entidad o, en su caso, de la persona que
en su reemplazo debe presidir la asamblea. En este último supuesto,
deberá informarse las causas.
- Lectura y transcripción del orden del día.
-
Síntesis fiel del proceso y deliberación de la asamblea sobre los
puntos del orden del día.
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Indicación precisa de las resoluciones adoptadas en el tratamiento
de cada punto del orden del día.
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Forma de votación en cada caso, conforme con el estatuto social.
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La mayoría por la que se aprueba cada punto del orden del día, con
indicación de votos a favor, en contra, anulados y abstenciones.
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En el caso que se decida pasar a cuarto intermedio, determinar en
forma expresa indicación del día, hora y lugar de reanudación.
- Hora de cierre de la asamblea.
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Apellido y nombres completos de las autoridades firmantes y sus
cargos, y los apellidos y nombres de los asociados que la asamblea
designó para firmar en su representación.